La persona interesada podrá presentar la queja, consulta o sugerencia a través de los medios de atención e información existentes:
Atención telefónica
Atención personal
Comunicación on line
Correo postal
La persona interesada a la hora de presentar o registrar su queja, consulta o sugerencia tendrá que facilitar sus datos personales y los datos referentes a la queja, ya que el Servicio no tramitará incidencias anónimas o falsas. El Servicio, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, actuará con total confidencialidad y no facilitará ningún dato personal de las personas usuarias. La incidencia registrada será reconocida mediante el número que le haya sido asignado.
B) Recepción de la incidencia
Una vez recibida la incidencia en el Servicio mediante cualquiera de los medios citados anteriormente, será registrada en soporte informático; de esa manera se le asignará el número de incidencia correspondiente
C) Tratamiento de quejas, consultas o sugerencias abiertas
Tras analizar la incidencia presentada. Se estudiará el caso y se pondrá a trámite.
D) Análisis de la vulneración legal o derecho lingüístico y su base jurídica
Se estudiará en profundidad la posible existencia de vulneración legal y su fundamento jurídico. En caso de que no se vulnere ningún derecho lingüístico, se rechazará la incidencia, se cerrará y se dará cuenta de los motivos a la persona interesada. En el caso de incidencias aceptadas por existencia de infracción legal, se comunicará a la persona interesada la apertura de trámite y la base legal en la que se fundamenta.
E) Vías de comunicación con las personas interesadas
La comunicación de las respuestas a la ciudadanía se realizará por el mismo canal por el que se recibió la consulta, sugerencia o queja, o por aquel que elija expresamente la persona interesada.
F) Apertura de actuaciones asociadas
Una vez aceptada la incidencia, se establecerán y tramitarán las pautas a seguir para su resolución satisfactoria. Se informatizará todo paso y toda acción que se efectúe.
G) Contacto con la entidad denunciada
El Servicio, en cumplimiento de las pautas establecidas, se pondrá en contacto con la entidad (pública o privada) con el objeto de ofrecer la asistencia y los recursos necesarios para solucionar el caso y solicitar respuesta a la incidencia presentada. En caso de que la entidad no responda, el Servicio volverá a plantear las recomendaciones y consideraciones al respecto, y mantendrá el contacto con la entidad denunciada hasta obtener la solución o el compromiso de establecer los medios necesarios para ello.
H) Registro de actuaciones
Toda actuación que derive de la tramitación será informatizada en la aplicación correspondiente para su seguimiento y posterior notificación a la ciudadana o al ciudadano.
I) Solución y rectificación de la entidad denunciada
Cuando la entidad denunciada rectifiqué el hecho causante de la vulneración o cuando adquiera el compromiso expreso para ello, se cerrará la incidencia, se recogerá en la aplicación y se dará cuenta de ello a la persona interesada.