Euskara

euskadi.net

Inicio

Estás en:
  1. Inicio
  2.  
  3. Elebide
Elebide
 

El sitio cumple con la normativa de accesibilidad tipo A

Comunidad Autónoma de Euskadi


La norma fundamental en lo referente a las lenguas es el Estatuto de Autonomía, en el cual se establece que en el territorio de la Comunidad Autónoma existirán dos lenguas oficiales: euskera y castellano.

Con el objeto de regular el uso de ambas se aprobó la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Uso del Euskera, la cual afecta a todas las Administraciones Públicas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.

En la normativa referente al euskera cabe destacar así mismo la Ley 6/1989, de Función Pública Vasca, y la Ley 6/2003, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias.

  • Estatuto de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre.
    En el artículo 6 del Estatuto se atribuye al euskera, lengua propia del Pueblo Vasco, el carácter de lengua oficial junto con el castellano, reconociéndose a los ciudadanos el derecho a conocer y usar ambas lenguas.

Las anteriores son normas generales que afectan al uso del euskera, pero además existen normas específicas para ámbitos determinados. Clasificaremos esos ámbitos de la siguiente forma:

Para acreditar el conocimiento del euskera, existen unos certificados:

Fecha de la última modificación: 24/10/2006

Acceso al folleto de presentación

Acceso al formulario para tramitar quejas o sugerencias